A partir de la publicación de la Resolución General 5700/2025, (ARCA) elevó el umbral de control para operaciones en efectivo. Desde el jueves, los comercios ya no deben identificar ni reportar a sus clientes si la compra no supera los $10 millones, sin importar el medio de pago.
Este nuevo tope reemplaza los anteriores, que eran: $250.000 para pagos en efectivo y $400.000 para pagos con otros medios.
La medida se enmarca en el “Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos”, impulsado por el Gobierno Nacional, y busca alentar la formalización de fondos no declarados.
Cambios clave incluidos en la normativa:
- Nuevo umbral de reporte: $10.000.000 por operación.
- Datos requeridos solo si se supera ese monto: CUIT, CUIL, CDI o documento identificatorio.
- Monotributo:
- Se eleva el tope para usar el “Facturador” simplificado a $500.000.
Los monotributistas sociales podrán facturar simplificadamente solo hasta $250.000.
- Se eleva el tope para usar el “Facturador” simplificado a $500.000.
Además, se eliminaron regímenes de información, como:
- Informes de consumos con tarjetas y billeteras virtuales.
- Operaciones sobre autos, inmuebles, expensas y servicios.
El objetivo oficial es desburocratizar el sistema fiscal y facilitar el ingreso de capitales informales al circuito legal.