La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha decidido eximir temporalmente a las importaciones de ciertos insumos del pago del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Esta exención se aplica a las empresas que poseen el “Certificado MiPyME” vigente.
La decisión se formaliza a través de la Resolución General 5501/2024, publicada el martes 16 de abril de 2024 en el Boletín Oficial. En el anexo de esta resolución se enumeran los productos que quedan excluidos de estos impuestos, beneficiando a las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyME) del sector productivo.
Esta medida tendrá una vigencia de 120 días, contados a partir del 18 de marzo de 2024, fecha de publicación de la Resolución General (AFIP) 5490/2024.
El propósito de esta exención, según la resolución, es apoyar la continuidad de la política económica del gobierno, la cual está orientada a reducir la inflación.