ARCA y el Impuesto a las Ganancias 

ARCA, mediante una nueva resolución, ha decidido cambiar las fechas de vencimiento para presentar y pagar las declaraciones juradas de impuestos a las ganancias por personas físicas (humanas). A partir del periodo fiscal 2024, las personas que tengan que hacer este trámite en el mes de junio del año siguiente al período fiscal que estén declarando. 

Las fechas de presentación de las declaraciones juradas dependeran del número de CUIT de cada persona: 

  • Si el número de CUIT termina en 0, 1, 2 o 3: la presentación debe hacerse el 11 de junio.
  • Si termina en 4, 5 o 6: el 12 de junio.
  • Si termina en 7, 8 o 9: el 13 de junio.

En cuanto al pago, también hay fechas específicas:

  • Para CUIT terminados en 0, 1, 2 o 3: el pago es el 12 de junio.
  • Para los que tienen CUIT terminados en 4, 5 o 6: el pago es el 13 de junio.
  • Y para CUIT terminados en 7, 8 o 9: el pago debe hacerse el 17 de junio.

Estas medidas se toman para dar más tiempo a las personas a cumplir con sus obligaciones tributarias como solicitaron las entidades profesionales. 

Es importante recordar que todas las personas que estén inscriptas en este impuesto, incluso si no tienen ganancias para pagar, deben presentar la declaración jurada. También deben hacerlo quienes, a pesar de no haber solicitado el alta antes de la fecha límite, deben liquidar el impuesto porque cumplen con las condiciones que establecen las normas. Además, los administradores de las sucesiones indivisas también tienen esta obligación si hay ganancias que declarar.