La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento (Spymeeyec) dispuso prorrogar el plazo para que las compañías que superan los topes de ventas de las pymes puedan solicitar su inclusión dentro del universo de “Empresas Grandes”. La medida, de carácter excepcional, busca atender a aquellas firmas que no lograron completar el trámite en la fecha originalmente establecida.
Hasta ahora, el límite para presentar la solicitud era el 20 de junio de cada año. Sin embargo, mediante la Resolución 162/25, publicada en el Boletín Oficial, se extendió el plazo hasta el 14 de agosto de 2025, otorgando más tiempo para cumplir con la gestión a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
La decisión se enmarca en el régimen de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs, establecido por la Ley 27.440, que obliga a las pequeñas y medianas empresas a emitir este tipo de comprobantes cuando venden bienes o prestan servicios a empresas de mayor tamaño. El objetivo del sistema es mejorar las condiciones de financiamiento de las pymes y ordenar la cadena de pagos.
En este contexto, se considera “empresa grande” a toda firma cuyas ventas anuales superen los máximos fijados para la categoría “mediana tramo 2”, según la normativa vigente. Cada año, la AFIP actualiza el listado de compañías alcanzadas, que reciben la notificación en su domicilio fiscal electrónico.
La prórroga fue avalada por los organismos competentes y responde a situaciones detectadas en las que, a pesar de reunir los requisitos, algunas empresas no habían podido completar el procedimiento. Con esta resolución, el Gobierno busca garantizar la correcta aplicación del régimen sin afectar la operatoria comercial ni la cadena de pagos.